Vuelvo a repetir, por mi hacer lo que querais, no se puede cambiar por que si una placa de matricula normal por una reducida. Art 49 Reglamento General de Vehículos. Anexo I
1. Cuando no es viable instalar el modelo ordinario largo.
2. Si la matricula supone un obstaculo en la ventilación del motor.
3. En caso de tealizar modificaciones que lo justifiquen como por ejemplo la sustitucion del paragolpes y falta deespacio o instalación de cabestrante.
4. Vehículos de la clase M1 dedicados al transporte de personas.
1. Cuando no es viable instalar el modelo ordinario largo.
2. Si la matricula supone un obstaculo en la ventilación del motor.
3. En caso de tealizar modificaciones que lo justifiquen como por ejemplo la sustitucion del paragolpes y falta deespacio o instalación de cabestrante.
4. Vehículos de la clase M1 dedicados al transporte de personas.