CONSUMOS Alfa Romeo GIULIA

Intermitentes o pequeños toques suaves repetidos sobre el freno.

Que manía con pegarse al culo en cuánto ven un Alfa. Sobre todo VAG y BMW viejos.
No creas que es siempre suficiente

(...)

No es algo de lo que esté orgulloso, luego me arrepiento, pero... Lo hecho, hecho está
 
Última edición:
Ayer, volviendo del pueblo, 54 km de nacional con varios pueblos, velocidad entre 96-104 km/h, aprovechando modo vela,
Ultimos 17-20 km de autovía a 120 de ACC.
Puesto a cero nada más pisar la carretera.
La ruta es “llana”, aunque con infinidad de cambios de rasante, no es la típica recta castellana. De hecho, estoy alucinando con el consumo conseguido, pues en conducción normal, excediendo límites (110 en límite de 90 y 130 en el 120), no bajo de 8, o muy poco.

Y aún yendo de paseo, adelanté a varios :rolleyes:




La primera foto, perdón por su calidad, es nada más entrar en Pucela, en el primer semáforo que paré.
 
Cuadro tridimensional. Muy bonito el reloj de velocidad con efecto 3D de los números.

Un gran consumo

TE veo buscando los 4,x en algún trayecto!!!! :jujujajajeje: :jujujajajeje: :jujujajajeje:
Ayer fui acariciando el acelerador, ganando velocidad muy poco a poco….empujando es lo siguiente :jujujajajeje: :jujujajajeje: :jujujajajeje:
 
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Reacciones: nacho
Por si alguien no lo sabe, os recuerdo que el colega lleva un 280. Yo no me considero capaz de sacar ese consumo ni aunque llevase el coche de los Picapiedra :eek:
 
Por si alguien no lo sabe, os recuerdo que el colega lleva un 280. Yo no me considero capaz de sacar ese consumo ni aunque llevase el coche de los Picapiedra :eek:
No creo que pueda conseguir otra “proeza” como esta.
Es hasta estresante, pues te obliga a ir todavía más pendiente de la conducción para poder adelantar al que todavía va más lento que tú y no frenar, que si pierdes velocidad, gastas para recuperarla, usar todas las bajadas para ir a vela, dejar rodar el coche para perder velocidad en los pueblos y no frenar…..Un Coñazo!!
 
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Reacciones: rasmien y Rambito
Pedazo consumo. Cuando veo estas cosas me parece que los gasolinas vais planeando y los diesel vamos todos locos. No es porque queramos. La carbonilla y estas cosas nos obliga a ir a todo meter. Esta semana cae el alerón que necesito más carga aerodinámica. Si es al final tenía que pillar el gasolina para ahorrar
 
Pedazo consumo. Cuando veo estas cosas me parece que los gasolinas vais planeando y los diesel vamos todos locos. No es porque queramos. La carbonilla y estas cosas nos obliga a ir a todo meter. Esta semana cae el alerón que necesito más carga aerodinámica. Si es al final tenía que pillar el gasolina para ahorrar
El consumo medio global en 11 meses y 18.500 km está en 9.
Y este coche, o mejor, su ordenador de a bordo, clava los consumos.
Y la ciudad, salvo para entrar y salir y un par de recorridos de Pascuas a Ramos, no la pisa, que es donde se disparan los consumos.
Y pisándole, claro.

Con vuestros diésel estaría sobre los seis y pico-siete.
 
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El consumo medio global en 11 meses y 18.500 km está en 9.
Y este coche, o mejor, su ordenador de a bordo, clava los consumos.
Y la ciudad, salvo para entrar y salir y un par de recorridos de Pascuas a Ramos, no la pisa, que es donde se disparan los consumos.
Y pisándole, claro.

Con vuestros diésel estaría sobre los seis y pico-siete.
Pues está muy bien el consumo. Si mi consumo está en esas cifras aunque es verdad que no hago los recorridos que más le convienen. Si solo hiciera carretera y viajes largos tendría la media en 6 y poco supongo. No hay un solo día que diga hoy voy a hacer conducción eficiente.
 
El consumo medio global en 11 meses y 18.500 km está en 9.
Y este coche, o mejor, su ordenador de a bordo, clava los consumos.
Y la ciudad, salvo para entrar y salir y un par de recorridos de Pascuas a Ramos, no la pisa, que es donde se disparan los consumos.
Y pisándole, claro.

Con vuestros diésel estaría sobre los seis y pico-siete.
:nolikeit::nolikeit: Lo tengo en 5,7 desde hace muuuchos km. Mayormente 17 km. hasta el trabajo. 1 Km ciudad, 15 de autovía y 1 y pico carretera. eso sí, una o dos marchas menos, según el tramo, por eso de la carbonilla.
 
:nolikeit::nolikeit: Lo tengo en 5,7 desde hace muuuchos km. Mayormente 17 km. hasta el trabajo. 1 Km ciudad, 15 de autovía y 1 y pico carretera. eso sí, una o dos marchas menos, según el tramo, por eso de la carbonilla.
Los 2.2 son mecheros.
No hay duda.
Tenía un 159 SW Ti con el 1.9 jtd.
Sólo hacía carretera, mayoritariamente autovía a 150 de CC y lo tenía entre 7,3-7,6.
 
, todas las sanciones que se nos impongan tendrán consideración de “notificación fehaciente” y esto quiere decir que perderemos algunas ventajas, como que sea necesaria la notificación por correo certificado, que de no recibirse anula la sanción (por múltiples causas, fallos en la dirección, que no haya nadie en el domicilio, que se deban realizar un mínimo de tres intentos, que se agote el plazo, que haya cualquier error).
Da un poco igual, por que te la enviaban a través de correo certificado, y correos te hace dos entregas, y si no estabas en casa, o no te hacías cargo, según la legislación el trámite se daba por cumplido y te publicaban la multa en el Boletín Oficial Correspondiente (en el TESTRA o TEU), teniéndo el mismo valor de notificación.
Hablo en pasado, por que a partir del 1 de noviembre de 2022, la DGT dejó de enviar notificaciones en papel a las Personas Jurídicas. A partir de ese momento se notificará exclusivamente de forma electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV), por lo que da igual que bajes la aplicación o que te escondas en el pueblo del cuñado, que la DGT la publicará igual, y no os preocupéis, que Tráfico no se volverá loco para buscaros.

Trafico dará cuenta a la Agencia Tributaria. La Agencia Tributaria notificará al infractor mediante el procedimiento que se conoce como Providencia de Apremio, y aplicarán un recargo en primera instancia de un 10 por ciento, que pasará luego al 20 por ciento si no se cancela.

A partir de allí, en caso de que no se pague la deuda, el ente recaudador, es decir la Agencia Tributaria, puede empezar a ejercer acciones para cobrar la deuda....y puede embargar la cuenta, el coche, o descontando el importe de la cantidad que tendrían que devolverle a la persona en relación a su declaración anual de renta, en caso de que esto aplique...Hacienda tiene medios para ello...
 
Pero al de la fragoneta que iba sin cinturón y que circulaba por el polígono con dos niños con chupete saltando por los asientos de delante, que me crucé hoy, a ese no le localizan... :jujujajajeje:
 
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Reacciones: QUADRIFOGLIO y JFRYUN
Da un poco igual, por que te la enviaban a través de correo certificado, y correos te hace dos entregas, y si no estabas en casa, o no te hacías cargo, según la legislación el trámite se daba por cumplido y te publicaban la multa en el Boletín Oficial Correspondiente (en el TESTRA o TEU), teniéndo el mismo valor de notificación.
Hablo en pasado, por que a partir del 1 de noviembre de 2022, la DGT dejó de enviar notificaciones en papel a las Personas Jurídicas. A partir de ese momento se notificará exclusivamente de forma electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV), por lo que da igual que bajes la aplicación o que te escondas en el pueblo del cuñado, que la DGT la publicará igual, y no os preocupéis, que Tráfico no se volverá loco para buscaros.

Trafico dará cuenta a la Agencia Tributaria. La Agencia Tributaria notificará al infractor mediante el procedimiento que se conoce como Providencia de Apremio, y aplicarán un recargo en primera instancia de un 10 por ciento, que pasará luego al 20 por ciento si no se cancela.

A partir de allí, en caso de que no se pague la deuda, el ente recaudador, es decir la Agencia Tributaria, puede empezar a ejercer acciones para cobrar la deuda....y puede embargar la cuenta, el coche, o descontando el importe de la cantidad que tendrían que devolverle a la persona en relación a su declaración anual de renta, en caso de que esto aplique...Hacienda tiene medios para ello...
El proceso administrativo no puede contener errores, cualquier error en su tramitación lo hace nulo de pleno derecho, sin opción de rectificación, estos errores se dan mucho más en el caso de que no estemos dados de alta en la DGT. En cuanto al proceso sancionador, como sabras, se puede llevar ante el Contencioso Administrativo, y este es el punto del proceso en el que la DGT pierde la capacidad de decisión sobre la imposición de la sanción, que queda en manos del tribunal, mucho más garantista que la DGT. La jurisprudencia es una herramienta muy útil contra las decisiones de la DGT, que solo es utilizable ante los tribunales.
En el despacho estamos cansados de llevar contenciosos administrativos, que además se ganan en un porcentaje muy alto, fundamentalmente por errores administrativos.
Cada uno es muy libre de darse o no de alta en la aplicación, en mi opinión no lo considero acertado a la hora de pretender obtener resultados en la nulidad de la sanción.
 
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