Brera64
Gigante Alfista
Abro este hilo a ver si alguien con conocimientos legales puede aportar información veraz sobre el asunto. Me refiero concretamente a cuando la compra/venta se produce entre particulares.
El vendedor tiene que ofrecer una garantía de seis meses ante los vicios ocultos, pero cuando se pueden considerar como tales?
Entiendo que vicio oculto es aquel no detectable a simple vista (oculto) y que se refiere a un defecto ya existente antes de la compra.
Si el coche tiene una avería, cómo se puede determinar que se deba a un desgaste lógico en un vehículo con cierto años y kilómetros o a un vicio oculto? Porque claro, en operaciones entre particulares, la garantía no cubre cualquier avería sino sólo vicios ocultos.
Pongamos un ejemplo. El comprador prueba el coche y todo funciona bien, decide quedárselo. A los dos meses se rompe el embrague. Se puede considerar éso un vicio oculto? En el momento de la compra, funcionaba correctamente. Puede considerarse un vicio oculto o más bien una avería lógica y provocada por el uso y que puede producirse en cualquier momento?
El comprador es consciente de que se trata de un vehículo con por ejemplo 15 años y 200.000 km. Cualquier cosa que funcione correctamente en el momento de la compra, puede estropearse en cualquier momento posterior, pero no porque ya estuviera rota, sino porque acumula un desgaste por los años y kilómetros, de ahí que un vehículo usado cueste una pequeña parte de lo que costó nuevo en su día.
Pues éso, a ver si alguien puede aclarar en el tema de compra/venta entre particulares, cuándo una avería se puede considerar vicio oculto o cuándo se puede considerar una avería lógica producida por el desgaste propio del vehículo.
El comprador es plenamente consciente de los años y kilómetros del vehículo que adquiere y que por lo tanto ninguna pieza está igual que nueva, y que por lo tanto también, cualquier cosa que funcione correctamente puede dejar de hacerlo en cualquier momento y se entiende que asume el riesgo a cambio de un precio mucho más favorable que el de un coche nuevo.
Repito, entre particulares se está obligado a dar seis meses de garantía, pero no ante cualquier avería, sino sólo ante vicios ocultos.
Cuándo se puede considerar la avería como vicio oculto y cuándo se puede considerar la avería como algo que puede aparecer en cualquier momento debido al natural desgaste por los años y kilómetros del coche?
El vendedor tiene que ofrecer una garantía de seis meses ante los vicios ocultos, pero cuando se pueden considerar como tales?
Entiendo que vicio oculto es aquel no detectable a simple vista (oculto) y que se refiere a un defecto ya existente antes de la compra.
Si el coche tiene una avería, cómo se puede determinar que se deba a un desgaste lógico en un vehículo con cierto años y kilómetros o a un vicio oculto? Porque claro, en operaciones entre particulares, la garantía no cubre cualquier avería sino sólo vicios ocultos.
Pongamos un ejemplo. El comprador prueba el coche y todo funciona bien, decide quedárselo. A los dos meses se rompe el embrague. Se puede considerar éso un vicio oculto? En el momento de la compra, funcionaba correctamente. Puede considerarse un vicio oculto o más bien una avería lógica y provocada por el uso y que puede producirse en cualquier momento?
El comprador es consciente de que se trata de un vehículo con por ejemplo 15 años y 200.000 km. Cualquier cosa que funcione correctamente en el momento de la compra, puede estropearse en cualquier momento posterior, pero no porque ya estuviera rota, sino porque acumula un desgaste por los años y kilómetros, de ahí que un vehículo usado cueste una pequeña parte de lo que costó nuevo en su día.
Pues éso, a ver si alguien puede aclarar en el tema de compra/venta entre particulares, cuándo una avería se puede considerar vicio oculto o cuándo se puede considerar una avería lógica producida por el desgaste propio del vehículo.
El comprador es plenamente consciente de los años y kilómetros del vehículo que adquiere y que por lo tanto ninguna pieza está igual que nueva, y que por lo tanto también, cualquier cosa que funcione correctamente puede dejar de hacerlo en cualquier momento y se entiende que asume el riesgo a cambio de un precio mucho más favorable que el de un coche nuevo.
Repito, entre particulares se está obligado a dar seis meses de garantía, pero no ante cualquier avería, sino sólo ante vicios ocultos.
Cuándo se puede considerar la avería como vicio oculto y cuándo se puede considerar la avería como algo que puede aparecer en cualquier momento debido al natural desgaste por los años y kilómetros del coche?
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